El formulario 102/B incorpora los cambios que surgen de la nueva ley la cual les reconoce a las empleadas domésticas ahora los mismos derechos de los que goza el resto de los trabajadores , como vacaciones pagas, licencia por maternidad y por enfermedad, indemnización por despido, y una jornada de trabajo de 48 horas semanales como máximo

hay varios agregados: se incorpora la fecha de ingreso laboral de la empleada -un rubro clave por la antigüedad o a la hora del despido- el puesto desempeñado según las categorías del personal, la cantidad de horas desempeñadas, la modalidad de la liquidación (como por día, semanal, mensual) y el detalle de la remuneración. Aquí se incorpora el sueldo básico (ver categorías), otros conceptos, que pueden ser adicionales u horas extras, el aguinaldo y las vacaciones.

 

Una vez completado el formulario se debe imprimirlo por duplicado. Y el empleador debe entregar una copia a la empleada. El registro del personal de casas de familia ante la AFIP -hay plazo hasta el 30 de junio para las relaciones laborales actuales- es clave para los empleadores que pueden deducir hasta $ 1.296 por mes de la base imponible del impuesto a las Ganancias

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