Registros Especiales de la Seguridad Social para el personal de casas particulares y remises

Es en el marco del Programa de Simplificación y Unificación Registral, que estará integrado, en una primera etapa, por los registros especiales correspondientes a las actividades del personal de casas particulares y vehículos de alquiler bajo la modalidad de auto-remís.

afip edificio logoMediante la  Resolución General 3491, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), creó, en el marco del Programa de Simplificación y Unificación Registral, el servicio denominado “Registros Especiales de la Seguridad Social”, en el cual deberán inscribirse los empleadores del personal de casas particulares y las agencias que presten el servicio de viajes, efectuada mediante automóviles de alquiler con chofer.

La formalización de las comunicaciones de altas, bajas y/o modificaciones de datos deberá realizarse accediendo a la aplicación “Registros Especiales de la Seguridad Social” a través del sitio web de la AFIP con clave fiscal habilitada. Las disposiciones de esta resolución tendrán vigencia a partir del 3 de junio de 2013 y resultarán de aplicación según se indica a continuación:

Personal de casas particulares: para las relaciones laborales existentes al 31 de mayo de 2013 y las que se inicien a partir de esa fecha. No obstante, la información referida a las relaciones de trabajo existentes a la mencionada fecha podrá suministrarse hasta el 30 de junio de 2013, inclusive.

Vehículos de alquiler bajo la modalidad de auto-remis: para las relaciones laborales existentes al 30 de junio de 2013 y las que se inicien a partir de esa fecha. No obstante, la información podrá suministrarse hasta el 31 de julio de 2013, inclusive.

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