De acuerdo a la normativa vigente de la AFIP (RG 2437):
– El empleado en relación de dependencia que haya obtenido sueldos brutos durante el período fiscal 2012, que superen el importe total de $96.000, se encuentra obligado a presentar una Declaración Jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales.
– Asimismo, el empleado en relación de dependencia cuyo importe anual de sueldos brutos supere los $144.000, deberá presentar además una Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias.
En resumen:
Impuesto a las Ganancias |
Impuesto sobre los Bienes Personales |
– Los empleados, jubilados y pensionados que perciban ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 144.000. | – Quienes al 31 de diciembre del año 2012 posean bienes que –valuados según la normativa vigente- superen los $ 305.000.
– Los empleados, jubilados y pensionados cuyas remuneraciones percibidas en tal carácter resulten iguales o superiores a $ 96.000. |
El plazo para realizar dichas presentaciones vence el 30 de junio de 2013.